De acuerdo a cifras de la Asociación de Bancos E Instituciones Financieras de Chile, más de 300.000 personas postergaron su hipotecario desde agosto de 2020 producto del Covid, lo que representa cerca del 30% de la cartera.
Según Cristian Martínez, fundador de Crece Inmobiliario, esta cifra habla de una necesidad real de las personas de postergar sus cuotas para poder cumplir con sus obligaciones, ya que hubo una disminución importante de los ingresos y sin esta alternativa hubiesen quedado en mora con estos compromisos.
Pero, ¿qué implica en la práctica postergar el hipotecario? En general, las instituciones aplazaron las cuotas al final del crédito, a través de un crédito de consumo a una tasa similar a la del hipotecario, es decir, al momento de terminar de pagar el hipotecario, se comienza a cancelar las cuotas postergadas.
“Las consideraciones que hay que tener, es que automáticamente se alarga la cantidad de meses a pagar, dependiendo del número de cuotas postergadas. También las tasas otorgadas no siempre son las mismas que las que te otorgaron en el crédito hipotecario”, agrega Martínez.
Por otra parte, respecto de los requisitos para acceder a realizar estas postergaciones, el experto menciona:
? Haber experimentado una disminución de ingresos en al menos un 25% de su ingreso mensual.
? Que el crédito hipotecario a postergar se haya contratado para adquirir la vivienda principal del deudor.
? Este crédito contará con una garantía estatal, con un plazo y tendrá un tope máximo de 6 cuotas.
? Los créditos hipotecarios sólo podrán corresponder a los destinados a financiar la adquisición de inmuebles cuyo avalúo comercial, en el momento de la suscripción del contrato de crédito hipotecario, no supere las 10.000 unidades de fomento.
? Este crédito no está sujeto al pago del impuesto de timbres y estampillas
Si una persona es candidata a realizar dicha postergación, deberá solicitar este beneficio con su ejecutivo bancario, quien realizará una simulación, ya que, estas cuotas se pueden postergar con previa evaluación de la Institución Financiera.
Este crédito se podrá pagar en la misma cantidad de cuotas del plazo restante de su crédito hipotecario o en un plazo menor, o también se puede pagar de manera posterior a la última cuota del hipotecario original. Se considerará también un periodo de gracia, en el caso de que existan otros créditos que se hayan contratado con anterioridad para pagar cuotas hipotecarias.
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